MARCO
TEORICO
ACOSO
SEXUAL EN EL METRO DE MÈXICO
El acoso sexual en el transporte
publico sigue siendo un tema poco estudiado cuando se planifica el transito,
sobre todo en las ciudades de America Latina. El acoso sexual contra las mujeres
en el espacio publico es un problema serio a nivel mundial.
La respuesta a este problema,
ha sido introducir servicios de transporte exclusivos para mujeres que
literalmente las colocan alejadas del alcance físico de posiblesatacantes durante
el viaje.
En la CDMX transitan
diariamente cerca de 15.7 millones de personas, de las cuales, mas de la mitad
son mujeres usuarias del transporte público. De acuerdo con la ENVIPE 2014 , el
77% de las mujeres se sienten inseguras de vivir o transitar la CDMX.
DE las 380 mujeres encuestadas
en la CDMX, el 64% dijo haber sido acosada o tocada en los diferentes medios de
transporte.
¿QUE HACER EN CASO DE ACOSO
SEXUAL EN EL TRANSPORTE PUBLICO?
1.
Acudir con el/la policía mas cercano
2.
Intervendrán para detener y trasladar
inmediatamente al probable responsable a un espacio visible y abierto, separado
de la victima
3.
Se solicitara apoyo de otro policía para que se
traslade a la victima al Modulo viajemos
seguras
4.
Con el consentimiento de la victima, el Inmujeres CDMX brindara los primeros
auxilios psicológicos, asi como la orientación jurídica
5.
La abogada/o de Inmujeres apoyara a la victima
en asesoría jurídica y con el llenado de documentación requerida
6.
Se señalara a la victima que tiene derecho a
contar con un justificante por retardo o ausencia de actividades comprometidas
7.
La abodada/o de Inmujeres acompañara a la
victima a la instancia definida por la Fiscalia
Central de Investigacion para Delitos o Juzgado cívico, para el
inicio de la investigación o procedimiento
8.
En caso de que se hayan cometido delitos
sexuales, se dara a conocer a la victima de los servicios del Centro de Terapia
de Apoyo para Victimas de Delitos sexuales, para su apoyo emocional.
¿COMO SE CASTIGA EL ACOSO Y
HOSTIGAMIENTO SEXUAL EN MEXICO?
El hostigamiento sexual esta
tipificado en el Codigo Penal Federal desde principios de 1991.
El Codigo Penal Federal, en su
articulo 259 Bis, precisa:
“Al que con fines lascivos
asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición
jerarquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domesticas o cualquiera
otra que implique subordinación se le impondrá hasta cuarenta días de multa”
Bibliografía
Codigo
Penal Federal. (2018).
Digital, M. (21 de 03 de 2017). Milenio.
Obtenido de
https://www.milenio.com/estilo/como-se-castigan-el-acoso-y-el-hostigamiento-sexual-en-mexico
Lazovska, D.
(s.f.). Expok news. Obtenido de
https://www.expoknews.com/como-solucionar-el-acoso-sexual-en-el-transporte-publico/
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